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EstadoEmpleoDescuento

Cuota de autónomo de 80 euros al mes

Comprobado el 13/08/2026Verifica siempre en la fuente oficial antes de solicitar.

Hay que pedirla expresamente en el momento del alta: no te la aplican solos.

Qué es

La cuota reducida de autónomos, que se llama tarifa plana, son 80 euros al mes en lugar de la cuota que te tocaría por tus ingresos. Para la mayoría de la gente dura 12 meses, pero si tienes un grado de discapacidad del 33 % o más son 24 meses, el doble. A esos 80 euros hay que sumarles la cotización del Mecanismo de Equidad Intergeneracional. Cuando terminan esos 24 meses, si prevés que vas a ganar menos que el salario mínimo, puedes pedir en Importass seguir con una cuota reducida hasta 36 meses más (así lo fija el artículo 38 ter del Estatuto del Trabajo Autónomo). La gestiona la Tesorería General de la Seguridad Social.

Quién puede pedirla

  • Tener reconocido un grado de discapacidad del 33 % o más. Sirve la resolución del organismo que te lo reconoció o una resolución del INSS que acredite la incapacidad.
  • Darte de alta como autónomo en el RETA. Vale también si ya eras autónomo y la discapacidad te llegó después.
  • No haber estado de alta como autónomo en los dos años anteriores, o tres si ya disfrutaste antes de esta cuota reducida.
  • Estar al corriente de pago con la Seguridad Social y con Hacienda.
  • No se aplica a los familiares del autónomo hasta el segundo grado que se incorporen al RETA como colaboradores.

Cómo se pide

  1. Date de alta en Hacienda primero (modelo 036 o 037) y luego en la Seguridad Social, el mismo día en que empiezas a trabajar. Si te das de alta tarde, pierdes el derecho a los descuentos en la cuota y puede haber multa.
  2. Al tramitar el alta, pide expresamente la cuota reducida por discapacidad. Se hace en Importass identificándote con Cl@ve Permanente, certificado digital, DNI electrónico o por SMS si tienes tu móvil comunicado a la Seguridad Social.
  3. Ten a mano la resolución de tu grado de discapacidad: es lo que te van a pedir para acreditarlo.
  4. Elige también tu base de cotización provisional. Aunque pagues los 80 euros fijos, esa elección afecta a lo que cobrarías por baja, jubilación o cese de actividad.
  5. Cuando se acaben los 24 meses, si vas a ganar menos que el salario mínimo, solicita la ampliación (hasta 36 meses más) en Importass con la declaración de rendimientos previstos.

La solicitud se hace en la web oficial, no aquí:

Ir a la web oficial: Tesorería General de la Seguridad Social

Se abre la web de Tesorería General de la Seguridad Social. Es la fuente que usamos para comprobar esta ficha.