Prestación CUME por hijo enfermo grave
Comprobado el 14/08/2026Verifica siempre en la fuente oficial antes de solicitar.
Qué es
Es un subsidio del 100 % de tu base reguladora, en proporción a la jornada que reduces, para progenitores, adoptantes o acogedores que cuidan de forma directa, continua y permanente a un menor con cáncer o una enfermedad grave del anexo del Real Decreto 1148/2011 que requiera hospitalización de larga duración y tratamiento continuado. La reducción de jornada debe ser de al menos el 50 % (hasta el 99,99 %). Se reconoce por periodos prorrogables y puede mantenerse, si la enfermedad se diagnosticó antes de la mayoría de edad, hasta los 23 años, o hasta los 26 si la persona enferma acredita un grado de discapacidad igual o superior al 65 %. Está exenta de IRPF (artículo 7.z de la ley del impuesto); ojo: esa exención no alcanza a los funcionarios que disfrutan el permiso equivalente de su estatuto, que sí tributa.
Quién puede pedirla
- Trabajar por cuenta ajena o propia y reducir la jornada al menos un 50 % (no vale si tu contrato a tiempo parcial es del 25 % o menos de la jornada completa).
- Que ambos progenitores trabajen, o uno solo en familias monoparentales.
- Enfermedad incluida en el listado del Real Decreto 1148/2011, acreditada con declaración médica del servicio público de salud.
Cómo se pide
- Pide en tu empresa la reducción de jornada por escrito, indicando el porcentaje.
- Solicita el subsidio al INSS o a la mutua de tu empresa con el formulario de la Sede Electrónica de la Seguridad Social.
- Adjunta la declaración médica del facultativo del servicio público de salud; las prórrogas se acreditan con nuevas declaraciones médicas.
La solicitud se hace en la web oficial, no aquí:
Ir a la web oficial: INSS o mutua colaboradora con la Seguridad SocialSe abre la web de INSS o mutua colaboradora con la Seguridad Social. Es la fuente que usamos para comprobar esta ficha.