Ayuda por hijo con discapacidad
Comprobado el 14/08/2026Verifica siempre en la fuente oficial antes de solicitar.
Cuando tu hijo o hija cumple 18 años hace falta acreditar un 65 % o se pierde la ayuda.
Qué es
Dinero de la Seguridad Social para quien tiene a su cargo un hijo, hija o menor acogido con discapacidad. En 2026 las cantidades son: 1.000 euros al año (83,33 al mes) por un menor de 18 años con un 33 % o más; 5.962,80 euros al año (496,90 al mes) por un hijo o hija mayor de 18 años con un 65 % o más; y 8.942,40 euros al año (745,20 al mes) si tiene un 75 % o más y necesita ayuda de otra persona para lo esencial del día a día. En estos casos no se mira vuestro nivel de ingresos. Se cobra semestralmente si es menor de 18 años y mensualmente, a mes vencido, si es mayor. Está exenta de IRPF (artículo 7.h de la ley del impuesto).
Quién puede pedirla
- Residir legalmente en España.
- Tener a tu cargo y conviviendo contigo un hijo, hija o menor acogido que resida en España.
- Que tenga reconocido un 33 % o más si es menor de 18 años, o un 65 % o más si ya los ha cumplido.
- Que ninguno de los progenitores cobre una ayuda parecida de MUFACE, MUGEJU, ISFAS u otro organismo público.
- También puede pedirla para sí misma una persona con discapacidad en situación de orfandad o abandono total que cumpla los requisitos de edad y grado.
- Ojo: para mayores de 18 años es incompatible con la pensión no contributiva de invalidez. Hay que elegir, así que conviene calcular cuál os conviene más.
Cómo se pide
- Se puede pedir en cualquier momento del año, no hay plazo.
- Reúne tu documento de identidad, el de la persona con discapacidad si lo tiene, el certificado de discapacidad (o el justificante de haberlo solicitado) y el libro de familia.
- Por internet, con certificado digital o Cl@ve, en la página del trámite de la Seguridad Social. Si te identificas electrónicamente no necesitas aportar tu documento de identidad.
- O presencialmente en un Centro de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS), con cita previa.
- Antes de que tu hijo o hija cumpla 18 años, revisa su grado: si no llega al 65 %, la ayuda se pierde al cumplir la mayoría de edad. Si crees que la valoración se ha quedado corta, pide la revisión con tiempo.
La solicitud se hace en la web oficial, no aquí:
Ir a la web oficial: Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS)Se abre la web de Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Es la fuente que usamos para comprobar esta ficha.