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Qué me corresponde
EstadoDineroPrestación

Complemento del IMV por discapacidad

Comprobado el 14/08/2026Verifica siempre en la fuente oficial antes de solicitar.

El complemento se aplica de oficio si consta la discapacidad; no hay que solicitarlo aparte.

Qué es

El Ingreso Mínimo Vital es una prestación general contra la pobreza, pero tiene una regla propia para la discapacidad. A la cantidad que corresponda al hogar se le suma un complemento del 22 por ciento cuando la persona beneficiaria, o alguien de la unidad de convivencia, tiene reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 65 por ciento. En 2026 la renta garantizada para una persona sola es de 733,60 euros al mes, y ese 22 por ciento se calcula sobre esa referencia. Además, las prestaciones que se reciben por dependencia no cuentan como ingresos al calcular el IMV.

Quién puede pedirla

  • Cumplir los requisitos generales del Ingreso Mínimo Vital: residencia legal y efectiva en España durante al menos el año anterior y situación de vulnerabilidad económica (ingresos y patrimonio por debajo de los umbrales).
  • Que la persona beneficiaria, o cualquier miembro de la unidad de convivencia, tenga reconocido un grado de discapacidad del 65 por ciento o más.
  • El complemento por discapacidad y el de monoparentalidad pueden sumarse los dos si se dan ambas circunstancias.

Cómo se pide

  1. Solicita el Ingreso Mínimo Vital en la Sede Electrónica de la Seguridad Social, con o sin certificado digital.
  2. Aporta el certificado de discapacidad expedido por tu comunidad autónoma o por el Imserso: es el documento que activa el complemento.
  3. Si ya cobras el IMV y la discapacidad se ha reconocido después, comunícalo a la Seguridad Social para que recalculen tu prestación.

La solicitud se hace en la web oficial, no aquí:

Ir a la web oficial: Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS)

Se abre la web de Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Es la fuente que usamos para comprobar esta ficha.