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Qué me corresponde
Comunidad de MadridVale en toda EspañaDineroPrestación

Pensión no contributiva de invalidez

Comprobado el 13/08/2026Verifica siempre en la fuente oficial antes de solicitar.

Este derecho existe en toda España y lo tramita cada comunidad autónoma. Los pasos concretos pueden variar según la tuya.

Cada año tienes que declarar tus ingresos antes del 1 de abril o te suspenden el pago.

Qué es

Dinero todos los meses para personas con discapacidad que no han cotizado nunca o no lo suficiente para tener una pensión normal. En 2026 la pensión completa es de 628,80 euros al mes, en 14 pagas (8.803,20 euros al año). Si tienes algunos ingresos cobras menos, pero nunca menos de 157,20 euros al mes. Si tienes un 75 % o más y necesitas la ayuda de otra persona para lo básico del día a día, se suma un complemento y el total puede llegar a 943,20 euros al mes. También da derecho a asistencia médica y farmacéutica gratuita. Es una pensión del Estado, pero en Madrid la concede y la paga la Comunidad de Madrid.

Quién puede pedirla

  • Tener entre 18 y 64 años el día que la pides.
  • Tener reconocido un grado de discapacidad del 65 % o más. Si tienes una incapacidad permanente absoluta o gran invalidez reconocida, se da por hecho que llegas a ese grado.
  • Vivir legalmente en España y haberlo hecho durante 5 años, dos de ellos justo antes de pedirla.
  • No tener ingresos suficientes: en 2026, menos de 8.803,20 euros al año. Si vives con familiares hasta el segundo grado, se suman los ingresos de todos y el límite sube según cuántos seáis (por ejemplo, 14.965,44 euros si sois dos, o 21.127,68 si sois tres).

Cómo se pide

  1. Reúne primero la documentación: justificantes de tus ingresos y de los de quienes viven contigo, y el padrón colectivo (si vives en Madrid capital no hace falta, lo consultan ellos).
  2. Rellena el impreso en la web: entra en el formulario oficial de solicitud y pulsa “Cumplimentar formulario”. Si lo dejas a medias, puedes recuperarlo con el localizador que te sale en pantalla.
  3. Para enviarlo por internet necesitas certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve: pulsa “Acceder a Registro” y adjunta los documentos.
  4. Si prefieres el papel, pulsa “Descargar formulario”, fírmalo y llévalo a uno de los lugares donde se presentan solicitudes. En algunas oficinas hace falta cita previa.
  5. Se puede pedir en cualquier momento del año. Tardan hasta 90 días en responder. Si te la conceden, empiezas a cobrar desde el mes siguiente al de la solicitud, con posibles atrasos en el primer pago.

La solicitud se hace en la web oficial, no aquí:

Ir a la web oficial: Comunidad de Madrid (Dirección General de Servicios Sociales e Integración)

Se abre la web de Comunidad de Madrid (Dirección General de Servicios Sociales e Integración). Es la fuente que usamos para comprobar esta ficha.