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Qué me corresponde
Comunidad de MadridVale en toda EspañaImpuestosBeneficio fiscal

Menos impuestos al heredar

Comprobado el 14/08/2026Verifica siempre en la fuente oficial antes de solicitar.

Este derecho existe en toda España y lo tramita cada comunidad autónoma. Los pasos concretos pueden variar según la tuya.

Tu comunidad autónoma puede mejorar esta reducción, pero nunca dejarte por debajo del mínimo estatal.

Qué es

El artículo 20.2.a de la Ley 29/1987 establece una reducción en la base del Impuesto sobre Sucesiones que se aplica solo por tener discapacidad, y que se suma a la que ya te corresponda por tu parentesco con la persona fallecida. Son 47.858,59 euros si tu grado está entre el 33 y el 65 por ciento, y 150.253,03 euros si es igual o superior al 65 por ciento. Es una reducción estatal: existe en toda España. El impuesto está cedido a las comunidades autónomas, así que muchas mejoran esta cifra, pero la estatal funciona como suelo.

Quién puede pedirla

  • Ser heredero o legatario y tener reconocido un grado de discapacidad del 33 por ciento o más en el momento del devengo del impuesto.
  • La reducción se aplica a la persona que hereda, no a la fallecida.
  • Se acumula a la reducción por parentesco (por ejemplo, los 15.956,87 euros del Grupo II para hijos mayores de 21 años, cónyuges y ascendientes).
  • Comprueba la normativa de tu comunidad autónoma: puede haber una reducción propia más favorable que sustituya o mejore la estatal.

Cómo se pide

  1. Al presentar la autoliquidación del Impuesto sobre Sucesiones (modelo 650 en la mayoría de comunidades), marca la reducción por discapacidad e indica tu grado.
  2. Adjunta el certificado o la resolución de reconocimiento del grado de discapacidad en vigor.
  3. Presenta la autoliquidación en la administración tributaria de la comunidad autónoma que corresponda según la residencia habitual de la persona fallecida.
  4. Consulta el texto vigente en el artículo 20 de la Ley 29/1987 en el BOE y la normativa propia de tu comunidad.

La solicitud se hace en la web oficial, no aquí:

Ir a la web oficial: Administración tributaria de la comunidad autónoma donde se liquide el impuesto

Se abre la web de Administración tributaria de la comunidad autónoma donde se liquide el impuesto. Es la fuente que usamos para comprobar esta ficha.