No pagar por matricular el coche
Comprobado el 13/08/2026Verifica siempre en la fuente oficial antes de solicitar.
Si matriculas el coche antes de que Hacienda te lo reconozca, pierdes la exención.
Qué es
El impuesto de matriculación se paga una sola vez, al matricular un coche nuevo en España. Si el coche se matricula a nombre de una persona con discapacidad y es para su uso exclusivo, no se paga. No es automático: Hacienda tiene que reconocértelo antes, con el modelo 05, y no puedes matricular el coche hasta que ese reconocimiento esté concedido. Es distinto del IVA reducido al 4 % y del impuesto de circulación, aunque los tres se piden en el mismo momento de comprar un coche. Lo que te ahorras depende de las emisiones del vehículo, porque el impuesto va por tramos. A diferencia del IVA al 4 %, aquí no hace falta acreditar movilidad reducida: basta el certificado del 33 %.
Quién puede pedirla
- Tener un certificado de discapacidad del 33 % o más, expedido por el IMSERSO o por el organismo de tu comunidad autónoma.
- Que el coche se matricule a tu nombre y sea para tu uso exclusivo.
- Que hayan pasado al menos cuatro años desde que matriculaste otro coche en las mismas condiciones. Lo comprueba la propia Agencia Tributaria, y cuenta tanto si aquel llevó IVA al 4 % como si llevó esta exención.
- No vender el coche durante los cuatro años siguientes a matricularlo.
- La solicitud tiene que presentarla la persona a cuyo nombre se va a matricular.
Cómo se pide
- Antes de matricular el coche, presenta el modelo 05 en la página del procedimiento de reconocimiento previo de la Agencia Tributaria. Se puede hacer por internet con certificado, DNIe o Cl@ve PIN, o en papel en una oficina si eres persona física.
- Adjunta el certificado de discapacidad y la ficha técnica del vehículo.
- Espera a que te lo reconozcan. Este es el paso crítico: no matricules el coche mientras tanto, porque perderías el beneficio.
- Con el reconocimiento concedido, ya puedes matricular.
- Aprovecha el mismo viaje y pide también el reconocimiento del IVA al 4 %, que es otro trámite distinto y también hay que pedirlo antes de comprar.
- Y una vez matriculado, pide en tu ayuntamiento la exención del impuesto de circulación, que es el tercero y se paga todos los años.
La solicitud se hace en la web oficial, no aquí:
Ir a la web oficial: Agencia Estatal de Administración TributariaSe abre la web de Agencia Estatal de Administración Tributaria. Es la fuente que usamos para comprobar esta ficha.