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Qué me corresponde
Comunidad de MadridVale en toda EspañaSaludPrestación

Recuperar el dinero de la ortopedia

Comprobado el 13/08/2026Verifica siempre en la fuente oficial antes de solicitar.

Este derecho existe en toda España y lo tramita cada comunidad autónoma. Los pasos concretos pueden variar según la tuya.

La prescripción tiene que ser anterior a la compra y el producto debe estar en el catálogo.

Qué es

La sanidad pública devuelve el dinero que has adelantado al comprar material ortoprotésico, siempre que te lo haya prescrito un médico especialista del Sistema Nacional de Salud y esté recogido en el Catálogo de Material Ortoprotésico de la Comunidad de Madrid. No hay plazo de convocatoria: se puede pedir en cualquier momento. Lo regula el Decreto 84/2021, de 30 de junio. La referencia del trámite es la 44932 y lo gestiona la Consejería de Sanidad.

Quién puede pedirla

  • Ser titular de la tarjeta sanitaria individual de la Comunidad de Madrid.
  • Tener una prescripción de material ortoprotésico hecha por un médico de atención especializada del Sistema Nacional de Salud, especialista en la materia que justifica la prescripción, y emitida a través de la aplicación de prescripción electrónica de material ortoprotésico.
  • Que el producto esté en el Catálogo de Material Ortoprotésico vigente de la Comunidad de Madrid.
  • Tener la factura de la compra.
  • Tener una cuenta corriente de la que seas titular o autorizado, porque el reintegro se paga por transferencia.
  • Para los productos considerados de especial prescripción hace falta además un informe médico complementario del especialista.
  • Aquí no se pide grado de discapacidad: el requisito es la prescripción y la tarjeta sanitaria.
  • No se financian los productos del catálogo comprados por correspondencia, a distancia o por medios telemáticos.

Cómo se pide

  1. Pide cita con el especialista y consigue la prescripción electrónica antes de comprar nada. Si compras primero, lo normal es que te lo denieguen.
  2. Compra el producto en un establecimiento presencial y guarda la factura. Las compras online quedan fuera.
  3. Entra en la ficha del trámite en la sede de la Comunidad de Madrid y presenta la solicitud por registro electrónico.
  4. También puedes presentarla en cualquier oficina de asistencia en materia de registro de la Comunidad, del Estado, de otras comunidades, de entidades locales, en Correos y en consulados.
  5. Adjunta la factura, la documentación bancaria de la cuenta donde quieres el ingreso y, si procede, el informe médico complementario. Si eres una persona distinta del beneficiario, acredita el parentesco o la representación legal.
  6. Una vez registrada la solicitud puedes usar el servicio de consulta de expedientes para aportar documentos y enviar comunicaciones.
  7. Si te lo deniegan o no te contestan, puedes presentar una reclamación previa a la vía jurisdiccional social en el plazo de 30 días hábiles.

La solicitud se hace en la web oficial, no aquí:

Ir a la web oficial: Comunidad de Madrid (Consejería de Sanidad)

Se abre la web de Comunidad de Madrid (Consejería de Sanidad). Es la fuente que usamos para comprobar esta ficha.