Cupo del 5% en la universidad
Comprobado el 14/08/2026Verifica siempre en la fuente oficial antes de solicitar.
Este derecho existe en toda España y lo tramita cada comunidad autónoma. Los pasos concretos pueden variar según la tuya.
El cupo es solo para el grado: la norma no obliga a reservar plazas en máster ni en doctorado.
Qué es
El artículo 26 del Real Decreto 412/2014 obliga a reservar al menos un 5 por 100 de las plazas ofertadas en las enseñanzas universitarias oficiales de grado para estudiantes con discapacidad. Es normativa básica estatal, así que la obligación alcanza a todas las universidades, y el Defensor del Pueblo ha tenido que recordárselo por escrito a varias de ellas. Competir por el cupo significa que no compites por nota con el resto de solicitantes, sino dentro de ese porcentaje reservado.
Quién puede pedirla
- Tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, acreditado con el certificado expedido por el órgano competente.
- O bien ser estudiante con necesidades educativas especiales permanentes asociadas a circunstancias personales de discapacidad que durante tu escolarización anterior hayan precisado de recursos y apoyos para tu plena normalización educativa. La norma recoge los dos supuestos, y el segundo no exige llegar al 33 por ciento, aunque algunas universidades lo interpretan de forma distinta.
- Cumplir, además, los requisitos académicos de acceso que correspondan: el cupo reserva plazas, no exime de la nota de corte dentro del propio cupo ni de haber superado la prueba de acceso.
- El cupo se refiere a las plazas de grado. La norma no establece reserva equivalente para máster ni doctorado.
Cómo se pide
- Al hacer la preinscripción, marca la casilla del cupo de reserva por discapacidad. Se solicita en el mismo plazo ordinario de preinscripción de tu comunidad autónoma, no hay un plazo aparte.
- Adjunta el certificado de reconocimiento del grado de discapacidad. Si vas por la vía de las necesidades educativas especiales, aporta la documentación de tu escolarización anterior que acredite los apoyos recibidos.
- Consulta el texto del artículo 26 del Real Decreto 412/2014 en el BOE y llévalo si en tu universidad te dicen que ese cupo no existe: es exactamente lo que ha ocurrido en casos resueltos por el Defensor del Pueblo.
- Si te deniegan el acceso al cupo, puedes reclamar ante la propia universidad y, si no prospera, ante el Defensor del Pueblo o el defensor autonómico correspondiente.
La solicitud se hace en la web oficial, no aquí:
Ir a la web oficial: Universidad o distrito único universitario de cada comunidad autónomaSe abre la web de Universidad o distrito único universitario de cada comunidad autónoma. Es la fuente que usamos para comprobar esta ficha.